La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones suspende líneas telefónicas con terminación cero y exige vinculación oficial

agosto 16, 2026

Amud Conde

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones informó que la dependencia gubernamental aplicó la suspensión temporal a las líneas telefónicas con terminación en cero.

Informó que la suspensión se aplicará de manera gradual a partir de las 72 horas posteriores al 15 de agosto a todos los usuarios que incumplieron el plazo obligatorio de vinculación.

Indicaron que la línea no se pierde, simplemente se mantiene en suspensión y una vez realizando el trámite se recupera en automático.

Anunciaron que hay dos maneras de hacer el tramite, siendo una desde el propio móvil a través de Internet o de forma presencial en Centros de Atención a Clientes.

Explicaron que el acceso a las plataformas de registro no requiere saldo, ya que no consume datos móviles y funciona aun con la línea suspendida.

Por tanto, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) confirmó que las personas usuarias con líneas terminadas en 0 y que no realizaron su vinculación dentro del plazo establecido perderá su número.

Aunque destacaron que la línea telefónica no será cancelada ni perdido y la suspensión del servicio podrá ocurrir dentro de las 72 horas siguientes al primer minuto de la cancelación.

Explicaron que únicamente es necesario completar el proceso de registro ante su compañía telefónica, subrayó que las personas que tramiten su línea desde su celular deberán ingresar a la plataforma de su compañía telefónica y seguir los pasos que indique.

Mientras para las personas que deseen hacerlo físicamente, deberán acudir a directamente a cualquier Centro de Atención a Clientes (CAC) de su operador.

Solamente deben presentar su credencial del elector y su CURP y el número telefónico que desean registrar y en cuestión de minutos quedará registrada la línea.

Explicaron que la suspensión temporal de líneas celulares en México continuará hasta el 31 de diciembre con el siguiente orden:

  • Terminación en 0 fecha límite de registro 15 de agosto.
  • Terminación en 1 fecha límite de registro 31 de agosto.
  • Terminación en 2 fecha límite de registro 15 de septiembre.
  • Terminación en 3 fecha límite de registro 30 de septiembre.
  • Terminación en 4 fecha límite de registro 15 de octubre.
  • Terminación en 5 fecha límite de registro 31 de octubre.
  • Terminación en 6 fecha límite de registro 15 de noviembre.
  • Terminación en 7 fecha límite de registro 30 de noviembre.
  • Terminación en 8 fecha límite de registro 15 de diciembre.
  • Terminación en 9 fecha límite de registro 31 de diciembre.

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