CIUDAD DE MÉXICO (28 de julio, 2026) — La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, informó el inicio del proceso de consulta pública para la definición de los lineamientos generales sobre la protección de los derechos de las audiencias, en el marco de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. El mecanismo de participación ciudadana estará vigente del 27 de julio al 21 de agosto de 2026 a través de la plataforma digital de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), abarcando a concesionarios, medios comunitarios, academia, organizaciones civiles y público en general.
Alcance, autorregulación y marco legal del proyecto
Durante la conferencia matutina “Las mañaneras del pueblo”, la Jefa del Ejecutivo Federal precisó que la regulación busca consolidar esquemas de autorregulación dentro de la industria de la radiodifusión sin recurrir a mecanismos de censura o persecución administrativa, garantizando el derecho constitucional a la información veraz.
Por su parte, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, detalló que las disposiciones emitidas por la CRT serán de cumplimiento obligatorio para concesionarias de televisión abierta, radio, televisión y audio de paga, así como programadoras de uso comercial, público y social.
Al respecto, la mandataria nacional definió la postura institucional sobre el proceso:
“La consulta pública que se está emitiendo es tanto para las empresas que se dedican a la telecomunicación como para las personas, para que todos podamos participar en la definición de estos lineamientos (…) No es estar multando. El objetivo, si se fijan, es un proceso de autorregulación del medio, porque el medio nombra a su propio regulador o defensor de audiencias”.
Desglose de derechos de las audiencias y criterios de difusión
El cuerpo normativo en revisión establece definiciones operativas concretas para evitar la discrecionalidad en la interpretación de la ley, abarcando los siguientes rubros de difusión informativa y accesibilidad:
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Veracidad y oportunidad informativa: Queda prohibida la difusión de información falsa, descontextualizada o la presentación de hechos históricos como si fuesen acontecimientos de actualidad.
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Separación de géneros periodísticos y comerciales: Los medios deberán explicitar la diferencia entre información noticiosa y opinión, así como entre contenido editorial y publicidad, mediante menciones verbales, cortinillas, plecas o mensajes en pantalla.
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Mecanismos de réplica y accesibilidad: Se obliga a las concesionarias a publicar en sus portales de internet el procedimiento para ejercer el derecho de réplica ante aseveraciones inexactas. Asimismo, se fijan normas para garantizar servicios de accesibilidad a personas con discapacidad auditiva y representaciones inclusivas.
Código de ética, defensoría de audiencias y procedimiento de quejas
Los lineamientos obligan a las empresas y concesionarias a publicar un Código de Ética que integre los criterios editoriales del medio y los procedimientos para la atención de reclamaciones.
En lo referente a la figura del Defensor de las Audiencias y el régimen sancionador, la propuesta contempla las siguientes pautas institucionales:
Designación y perfil de la defensoría: Las personas defensoras deberán regirse por principios de independencia, imparcialidad, objetividad y ausencia de conflictos de interés. En el caso específico de estaciones de radio y televisión comunitarias, indígenas y afromexicanas, el defensor nombrado deberá pertenecer a la misma comunidad.
Procedimiento de atención a quejas: La defensoría recibirá las peticiones de los usuarios y solicitará informes al medio de comunicación. En caso de acreditarse una afectación, el defensor emitirá las recomendaciones correspondientes.
Intervención de la CRT y sanciones: Si la empresa concesionaria omite atender las recomendaciones del defensor, o si la audiencia considera insatisfecha la restitución de sus derechos, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones intervendrá directamente en el expediente para aplicar las sanciones administrativas y multas económicas estipuladas por la legislación vigente.