CIUDAD DE MÉXICO (12 de julio, 2026) — La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso una sanción económica de 42 millones 849 mil 95 pesos a la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A.C. (FMF). La resolución administrativa determinó que el organismo deportivo incurrió en omisiones y faltas graves al marco jurídico vigente en materia de protección de datos personales durante la implementación y operación del sistema de registro de aficionados denominado “FAN ID”.
Infracciones detectadas en el tratamiento de datos biométricos
La auditoría y el procedimiento administrativo desahogados por la dependencia federal concluyeron que la FMF, en su calidad de entidad responsable del resguardo y gestión de la información recopilada en los estadios del país, cometió dos violaciones directas a la legislación:
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Falta de información sobre datos sensibles: El organismo recabó fotografías de los usuarios para la emisión del identificador digital sin especificar en su aviso de privacidad que dichas imágenes constituyen datos biométricos y, por ende, tienen la categoría jurídica de datos personales sensibles. Esta omisión impidió que las personas conocieran el alcance real del uso de su información.
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Ausencia de consentimiento expreso y por escrito: La normatividad exige que el tratamiento de datos sensibles cuente con una autorización inequívoca del titular (mediante firma autógrafa, electrónica o mecanismos equivalentes de autenticación). La federación se limitó a validar el proceso mediante el marcado de una casilla (checkbox) en una plataforma web, método que carece de validez legal para este tipo de información.
Criterios de la sanción e incumplimiento de principios normativos
La autoridad resolvió que la FMF violentó además los principios generales de responsabilidad y licitud, al no incorporar las medidas técnicas y administrativas necesarias para asegurar el tratamiento adecuado de las bases de datos de los aficionados.
Para la fijación del monto total de la multa, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno evaluó la gravedad inherente a las conductas señaladas, el impacto potencial sobre los derechos de los usuarios y la capacidad financiera de la asociación civil, tomando como referencia su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal del año 2024.
Garantías del procedimiento y medios de defensa jurídica
El órgano gubernamental puntualizó que la notificación de la sanción responde estrictamente a los plazos procesales establecidos por la ley. Asimismo, aclaró que la Federación Mexicana de Fútbol mantiene a salvo sus derechos constitucionales para controvertir la resolución e interponer los recursos de impugnación correspondientes ante el Poder Judicial. De presentarse dichos juicios, la secretaría federal manifestó que mantendrá la defensa de la legalidad de la multa con el fin de salvaguardar el interés público y las garantías individuales de la ciudadanía.